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Ley simple: Personas con hipoacusia | Argentina.gob.ar

Presidencia de la Nación

Personas con hipoacusia

Las obras sociales debe cubrir los tratamientos, audífonos y prótesis en casos de hipoacusia. Las empresas telefónicas deben dar un servicio especial para que la persona con hipoacusia pueda comunicarse.

Ley 25.415

Discapacidad


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Hipoacusia

¿Qué es la hipoacusia?

La hipoacusia es la pérdida parcial o total de la audición.

¿Hay distintos niveles de hipoacusia?

Sí. La pérdida de audición puede ser leve, moderada o severa.

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Obras Sociales

¿Puede hacerse algún estudio a la persona recién nacida para determinar si tiene hipoacusia?

Sí. Es obligatoria la realización de estudios para saber si la persona recién nacida tiene hipoacusia. Debe hacerse el estudio antes del tercer mes de vida.

¿La obra social me cubre el tratamiento?

Sí. Las obras sociales y las empresas de medicina prepaga deben cubrir el tratamiento, los audífonos y prótesis auditivas, así como la rehabilitación.

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Implante coclear

¿Qué es el implante coclear?

Es un dispositivo electrónico que se pone detrás del oído y posibilita a la persona sorda la recuperación parcial de la audición.

¿Me cubre la obra social el implante coclear?

Si. El implante coclear está incluido dentro del Plan Médico Obligatorio. Por eso, todas las obras sociales deben cubrirlo.

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Texto completo de la norma

Ley 25.415

Normas complementarias

Decreto 1093 / 2011


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información.


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