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About: Constitucionalismo

Constitucionalismo es una ley que impone un poder político que se ha definido como «un complejo de ideas, actitudes y pautas de comportamiento que establecen el principio de que la autoridad del gobierno deriva y está limitada por la parte principal de una ley suprema».​Su objetivo es arbitrar la autoridad y consagrar los derechos de los hombres y mujeres. En un régimen o sistema constitucionalista cualquier ley debe estar fundamentada en la constitución, por lo que todas las leyes quedan reguladas y supeditadas al articulado general de la constitución.

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  • Constitucionalismo es una ley que impone un poder político que se ha definido como «un complejo de ideas, actitudes y pautas de comportamiento que establecen el principio de que la autoridad del gobierno deriva y está limitada por la parte principal de una ley suprema».​Su objetivo es arbitrar la autoridad y consagrar los derechos de los hombres y mujeres. En un régimen o sistema constitucionalista cualquier ley debe estar fundamentada en la constitución, por lo que todas las leyes quedan reguladas y supeditadas al articulado general de la constitución. Toute Société dans laquelle la garantie des Droits n'est pas assurée, ni la séparation des Pouvoirs déterminée, n'a point de Constitution. "Una Sociedad en la que la garantía de los Derechos no está asegurada, ni la separación de los Poderes determinada, no tiene Constitución." Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Asamblea Nacional Constituyente (Francia), 23 de agosto de 1782. (es)
  • Constitucionalismo es una ley que impone un poder político que se ha definido como «un complejo de ideas, actitudes y pautas de comportamiento que establecen el principio de que la autoridad del gobierno deriva y está limitada por la parte principal de una ley suprema».​Su objetivo es arbitrar la autoridad y consagrar los derechos de los hombres y mujeres. En un régimen o sistema constitucionalista cualquier ley debe estar fundamentada en la constitución, por lo que todas las leyes quedan reguladas y supeditadas al articulado general de la constitución. Toute Société dans laquelle la garantie des Droits n'est pas assurée, ni la séparation des Pouvoirs déterminée, n'a point de Constitution. "Una Sociedad en la que la garantía de los Derechos no está asegurada, ni la separación de los Poderes determinada, no tiene Constitución." Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, Asamblea Nacional Constituyente (Francia), 23 de agosto de 1782. (es)
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